por Enrique Santiago Romero
10 Agosto 2011
del Sitio Web
TerceraInformacion
Enrique Santiago Romero
Abogado español, experto en derecho internacional. Responsable
de los servicios jurídicos del Instituto de Estudios Políticos
para América Latina y África (IEPALA) Formó parte del equipo
jurídico que impulsó la querella que el 13 de octubre de 1998,
condujo a la Audiencia Española a solicitar la detención, en
Londres, del exdictador chileno Augusto Pinochet y de otros
exmilitares chilenos y argentinos responsables de la llamada
"Operación Cóndor". Miembro de la Misión Internacional de
Observación de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH)
y la RED CIFCA, sobre la situación de los Derechos Humanos en
Honduras tras el golpe de estado. Julio 2009. Ha sido secretario
de la Comisión Española de Ayuda al Refugiado, CEAR. Asistió en
calidad de observador al referédum presidencial en Venezuela, en
agosto de 2004, en representación de ONG's y organizaciones
sociales de España. |
Es conveniente repasar la hoja de vida
del ex presidente colombiano
para comprender sus obvios temores
a acabar compareciendo ante
la Corte Penal
Internacional.
No es exagerado decir que tras su salida de la
Presidencia, el rastro del Presidente
Álvaro Uribe Vélez conduce
indefectiblemente hacia la
Corte Penal Internacional y no precisamente
como acusador, tal y como ha intentado aparecerse estos días ante la opinión
pública internacional, señalando al gobierno y funcionarios venezolanos de
"colaboración" en la perpetración de crímenes de lesa humanidad y de guerra
y dando instrucciones al Fiscal General de Colombia para que presente tales
acusaciones contra el
presidente Hugo Chávez
y otros altos funcionarios venezolanos ante al Corte Penal de La Haya.
La Comunidad internacional ha asistido con estupor a los denodados esfuerzos
del todavía Presidente de Colombia por complicar aún más las relaciones
diplomáticas de su país con sus vecinos, especialmente con Venezuela, a
quien ha hecho blanco de numerosas, graves e infundadas acusaciones
políticas y jurídicas.
Pareciera que tras estas acusaciones se oculta
la única intención de Uribe de concluir su mandato presidencial provocando
el conflicto armado con Venezuela.
Uribe ya es el pasado y probablemente ese hecho
y sus consecuencias jurídicas - respecto a la perdida de cualquier inmunidad
jurídica que le haya alcanzado durante el ejercicio presidencial - son
perfectamente conocidas por el todavía Presidente colombiano.
Hoja de Vida
Por lo que a continuación expondremos, podemos avanzar no solamente que la
acusación del presidente Uribe contra Venezuela carece de fundamento
jurídico alguno, sino que más bien corresponde a una estrategia desesperada
para ocultar el mayor de los problemas de Uribe a partir del 8 de agosto
(2012) próximo:
el abultado expediente de acusaciones que,
caratulado bajo su nombre, descansa en los cajones de la Fiscalía de la
Corte Penal Internacional.
Los obvios temores de Álvaro Uribe
Es conveniente repasar la hoja de vida del todavía presidente colombiano
para comprender sus obvios temores a acabar compareciendo ante la Corte
Penal Internacional.
Álvaro Uribe Vélez, el "precursor del Narco-Estado", como ha sido denominado
por uno de las más importantes centros de investigación en materia de
narcotráfico internacional, "The
Narco News" desde que en 1997 y 1998, los agentes de aduanas de
Estados Unidos en California detuvieron tres sospechosas naves con destino a
Colombia que, descubrirían luego los agentes, portaban un total 50 toneladas
de permanganato de potasio, un precursor químico clave, necesario en la
manufactura de cocaína (ver "Álvaro
Uribe, el Narcotráfico y el Cartel de Medellín".
De acuerdo a un documento firmado por el jefe de la DEA Donnie R.
Marshall el 3 de agosto de 2001, las naves se dirigían a Medellín,
Colombia, a nombre de una empresa llamada GMP Productos Químicos.
Las 50 toneladas del precursor químico
destinadas a GMP eran suficientes para fabricar 500 toneladas de
hidroclorato de cocaína, con un valor en la calle de 15 mil millones de
dólares. El dueño de GMP Productos Químicos, de acuerdo al reporte de 2001
de la DEA, era Pedro Juan Moreno Villa, el jefe de campaña y ex
secretario de gobierno durante el periodo de Uribe como Gobernador de
Antioquia y, por mucho tiempo, mano derecha del todavía Presidente de
Colombia, Álvaro Uribe Vélez.
Moreno fue el alter ego político de Uribe
durante y después de esos nerviosos meses de 1997 y 1998, cuando esperaba
esos envíos de contrabando.
Cuando Uribe fue gobernador del estado de
Antioquia - cuya capital es Medellín - de 1995 a 1997, Moreno era el
secretario de gobierno. Durante esos años, según el entonces jefe de la DEA
Marshall,
"entre 1994 y 1998, GMP fue el más grande
importador de permanganato de potasio en Colombia".
Recordemos que el primer cargo público del
entonces joven licenciado en derecho Álvaro Uribe, fue el de Director de la
agencia de Aeronáutica Civil de Colombia entre 1980 y 1982.
La ex-amante de Pablo Escobar y presentadora de
televisión, Virginia Vallejo, en su libro "Amando a Pablo, Odiando a
Escobar" da nuevos datos de la relación entre Uribe y Pablo
Escobar:
según la periodista actualmente exiliada en
los EE.UU., Uribe como director de la Aeronáutica Civil fue clave para
el otorgamiento de licencias masivas de vuelo al cartel de Medellín sin
las cuales jamás hubieran podido hacer sus inmensos envíos de la droga a
los EE.UU. y acumulado sus inmensas fortunas.
En una entrevista explica porqué el primo de
Escobar, José Obdulio Gaviria es actualmente el asesor presidencial
de Uribe.
Uribe tuvo a César Villegas como su
delegado cuando fue director de la Aerocivil. Este último fue sentenciado a
5 años de prisión por nexos con el Cartel de Cali y asesinado para callar su
testimonio. (Diario El Tiempo de Colombia. 17/03/2002).
Esta querencia de Uribe en materia aeronáutica, quedó también de manifiesto
cuando la policía y el ejército colombiano desactivaron el mayor laboratorio
de transformación de cocaína encontrado hasta le fecha en Colombia, en el
remoto paraje denominado eufemísticamente "Tranquilandia" (Operación Yarí).
El 11 de marzo de 1983, la fuerza pública
irrumpió en el laboratorio del conocido narco Gonzalo Rodríguez Gacha
"El mexicano" y entre otras evidencias intervino un helicóptero Hughes 500,
matrícula HK 2704 X, propiedad de Aerofotos Amortegui Ltda, empresa
propiedad de la familia Uribe.
Al respecto Álvaro Uribe alega que ese
helicóptero había sido previamente vendido, según indicó, se le olvidó
documentar dicha compraventa. La Agencia de Inteligencia de la Defensa" de
los Estados Unidos, elaboró una ficha de Álvaro Uribe, la número 82, en esta
Agencia.
Veamos que dice la indicada ficha de
inteligencia (puede consultarse el original en
http://www.gwu.edu/~nsarchiv/NSAEBB/NSAEBB131/index.htm):
"Confidencial. Septiembre 1991.
Informe clasificado Confidencial. Departamento de Defensa de EE.UU.
(DIA. Defense Intelligence Agency).
82. Álvaro Uribe Vélez. Político colombiano y senador dedicado a
colaborar con el Cartel de Medellín a altos niveles gubernamentales.
Uribe ha sido vinculado a negocios relacionados con drogas en Estados
Unidos.
Su padre fue asesinado en Colombia debido a
sus conexiones con los traficantes de drogas. Uribe ha trabajado para el
Cartel de Medellín y es amigo personal cercano de Pablo Escobar Gaviria.
Èl (Uribe) ha participado en la campaña
política de Escobar para ganar el puesto de parlamentario suplente de
Jorge Ortega. Uribe ha sido uno de los políticos que desde el Senado ha
atacado todas las formas del Tratado de Extradición (de Colombia con los
Estados Unidos) (…)"
Uribe ha sido señalado de participar
habitualmente en el diseño y ejecución de matanzas perpetradas por los
paramilitares colombianos, como el caso de la "matanza
de El Aro" cometida en 1.997.
En esa, según relata el periódico de Miami, "El
Nuevo Herald" en su edición del 6 de agosto de 2009, el mismísimo Álvaro
Uribe, planeo la matanza con los dirigentes de las AUC (Autodefensa Unidas
de Colombia) y posteriormente acudió personalmente a felicitar a los
paramilitares que "brillantemente" habían asesinado, con motosierras, al
menos a 15 campesinos indefensos, matanza por la que la Corte Interamerica
de Derechos Humanos condenó a Colombia.
El grupo paramilitar "Los doce apóstoles" habría tenido sede en la hacienda
"La Carolina", en el departamento de Antioquia, cuya propiedad comparten los
hermanos Uribe Vélez.
El hermano del Presidente fue interrogado por la
fiscalía en 1997 respecto a delitos de secuestro, extorsión y asesinato
cometidos por "Los doce apóstoles" entre 1993 y 1994.
El grupo paramilitar fue acusado de asesinar 50
personas, y de haber cometido una masacre de la cual fueron hallados los
cuerpos de cuatro personas y otras dos permanecen desaparecidas. Por este
caso existe una demanda en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
El fiscal colombiano Luís Camilo Osorio
confirmó que el hermano del mandatario sí había sido objeto de una
investigación oficial en 1999, pero también indicó que se había declarado,
"un auto inhibitorio a favor del señor Uribe
Vélez y se ordenó el archivo definitivo" ese mismo año.
La red paramilitar
Uribe-Vélez-Ochoa - Un Parlamento tras las rejas
El 4 de diciembre de 2006, en declaraciones a W Radio de Bogotá, el
presidente Uribe Vélez debió admitir que su hermano sí fue investigado por
involucramiento con el paramilitarismo.
Tres parientes del Presidente colombiano, entre
ellos dos primos hermanos, lideraron una banda paramilitar conocida como
"Los Erre", señalada de haber asesinado a medio centenar de personas en
varios municipios del departamento de Antioquia.
Estos familiares fueron condenados en primera
instancia y estuvieron presos cerca de un año, hasta que un juez de
apelaciones los puso en libertad y archivó el caso por considerar,
"que no había pruebas suficientes contra los
acusados".
Los parientes del presidente son,
-
Carlos Alberto Vélez Ochoa
-
Juan Diego Vélez Ochoa
-
Mario Vélez Ochoa, (también son
familiares del clan de los capos del narcotráfico Ochoa)
(Fuente: El Nuevo Herald, Miami, 24
jun05)
El ex senador colombiano Mario Uribe,
primo y colaborador cercano en la Presidencia de Álvaro Uribe, está acusado
formalmente de narcoparamilitar por la justicia colombiana. No es el único
parlamentario de la mayoría uribista en esa situación.
Más de 70 congresistas y senadores de los
partidos que apoyaban a Uribe en las cámaras legislativas hasta el pasado
mes de marzo, se encontraban y encuentran procesados por la justicia
colombiana por narco-paramilitares, casi el 50% de las cámaras legislativas.
Actualmente, 50 congresistas o excongresistas uribistas ya cumplen condena
por favorecer o pertenecer a grupos narcoparamilitares.
Todos son de partidos políticos uribistas
(Cambio Radical, Alas Equipo Colombia, Apertura Liberal, Partido
Conservador, Partido de la U, Colombia Democrática y Convergencia
Ciudadana).
Tras las elecciones legislativas de marzo de
2010, continua habiendo procesados por narco-paramilitarismo ocupando
curules en el Congreso de la república. ¿Se imagina el lector el escándalo
que supondría que el 50% del parlamento venezolano estuviera procesado por
narco-terrorismo?
De larga data, ya en sus tiempos de gobernador de Antioquia, viene la
tendencia de Uribe a actuar como "señalador oficial" de los defensores de
Derechos Humanos en Colombia, convirtiéndolos en objetivos a eliminar por
los narco-paramilitares.
Uno de los mas sonados "trofeos" que Uribe se
cobró en esta otra actividad habitual en él, fue Jesús María Valle
Jaramillo, abogado, coordinador del Comité Permanente por la Defensa de
los Derechos Humanos "Héctor Abad Gómez", de Antioquia, quien fue asesinado
por sicarios el 27 de febrero de 1998, cuando se encontraba en su oficina
ubicada en el centro de la ciudad de Medellín.
Varios días antes, el entonces Gobernador de
Antioquia, Álvaro Uribe Vélez, había mencionado en una intervención pública
a Jesús Maria Valle, señalándolo como "auxiliador de la guerrilla", a pesar
de que el abogado era miembro del Partido Conservador colombiano.
Uribe Vélez ha puesto en marcha durante su presidencia el mayor operativo de
espionaje ilegal que recuerde la sociedad colombiana. Nombró a Jorge
Noguera, su director de campaña electoral en 2002, como director del DAS
(Departamento Administrativo de Seguridad). Después de salvarlo de su
primera detención, Uribe lo nombró cónsul en Milán.
Actualmente paga condena en la cárcel por
concierto para delinquir por vínculos paramilitares y permitir que la
institución (El DAS, la agencia de inteligencia dependiente de la
Presidencia de la República) fuera puesta al servicio de los narco
paramilitares, ya con pruebas recopiladas por la Fiscalía General de
Colombia, que acreditan que cientos de sindicalistas, opositores a Uribe,
periodistas y defensores de los derechos humanos han sido asesinados en
Colombia por encargo y con medios del DAS.
La política de "Seguridad Democrática" de Álvaro Uribe ha dado lugar al
escándalo conocido como "falsos positivos", el asesinato de al menos 2.500
civiles inocentes por la fuerza pública colombiana - bajo el mandato de
Uribe como presidente y siendo Juan Manuel Santos el Ministro de
Defensa - presentados como,
"guerrilleros dados de baja en combate" con
la única intención de cobrar las recompensas que el Estado colombiano
paga por "dar de baja a guerrilleros."
Tras ser denunciado por una Misión Internacional
de Observación sobre Derechos Humanos en Colombia en Octubre de 2007 y
negado y descalificado por Uribe, tuvo que ser reconocido por el propio
Presidente cuando la OEA hizo suyas las conclusiones del informe de la
Misión Internacional.
El relator de Naciones Unidas para las
ejecuciones extrajudiciales no solo ha dado por validas estas acusaciones,
sino que tras hablar de un plan sistemático criminal, ha exigido su
esclarecimiento y castigo a los culpables.
La "industria
criminal" organizada y el hallazgo macabro de "La Macarena"
Colombia es el país del hemisferio occidental donde mayores violaciones de
los derechos humanos se acometen - cuantitativa y cualitativamente hablando
- de forma sistemática y respondiendo a un plan criminal perfectamente
diseñado que tiene como finalidad el despojo de la tierra a los campesinos y
su apropiación por las oligarquías terratenientes en alianza con
narcotraficantes y organizaciones paramilitares.
De los mas de 4 millones de desplazados internos
ocasionados en Colombia por el conflicto armado interno, la inmensa mayoría
han sido provocados para consolidar la apropiación ilegitima de tierras de
los campesinos.
De estos desplazamientos, al menos 2 millones se
han producido durante los 8 años de mandato del Presidente Uribe.
En la actualidad las organizaciones de victimas y de defensores de los
derechos humanos en Colombia intentan preservar la que sin duda es la mayor
fosa común descubierta en América latina con cadáveres "NN".
Más de 2.500, según las primeras estimaciones,
en la fosa denominada de "La Macarena", que escondería victimas campesinas
de ejecuciones extrajudiciales realizadas por destacamentos del Ejército
colombiano y organizaciones paramilitares.
La "industria criminal", organizada entre otros
por las autoridades colombianas durante el mandato de Uribe, llegó a
utilizar, emulando así la "solución final" del nazismo alemán, hornos
crematorios para hacer desaparecer los cuerpos de los miles de asesinados
por funcionarios del estado y sus aliados paramilitares:
tres hornos al menos descubiertos hasta
ahora, uno en Arauca, otro en Antioquia y uno "móvil", en Bogotá.
En mayo de 2010, el diario The Washington
Post, daba cuenta de la confesión del oficial de la policía nacional
colombiana Juan Carlos Meneses, quien sostuvo haber participado en
complicidad con operaciones paramilitares del grupo denominado "Los 12
apóstoles", de los que formaba parte Santiago Uribe, hermano del Presidente.
Viabilidad jurídica de
una posible denuncia contra Hugo Chávez
...en la Corte Penal Internacional, como lo anunciara
recientemente Álvaro Uribe
Tras conocerse el anuncio de Venezuela de romper relaciones diplomáticas con
Colombia, el pasado 22 de julio, Uribe convocó al Fiscal General de
Colombia, Guillermo Mendoza, para instarle a que iniciara el proceso
necesario para llevar ante la Corte Penal Internacional a altos funcionarios
venezolanos, incluido el presidente Hugo Chávez Frías.
Algunos periódicos colombianos informaron días
después que fueron los máximos jefes militares de ese país quienes en
presencia de Álvaro Uribe entregaron al Fiscal General documentación sobre
acciones de organizaciones insurgentes colombianas que habrían utilizado
suelo venezolano.
El Fiscal General anunció a la prensa que el encargo recibido era:
"estudiar la posibilidad de llevar ante la
Corte Penal internacional a autoridades venezolanas por proteger, ayudar
o auxiliar a grupos que cometen crímenes de guerra o de lesa humanidad
en la zona fronteriza colombiana".
Al margen de que Colombia, incapaz de controlar
más de 50 frentes de organizaciones insurgentes dentro de su territorio,
exija a Venezuela una diligencia de imposible cumplimiento en fronteras
selváticas o montañosas, lo cierto es que desde que se realizaron las
primeras acusaciones del presidente Uribe respecto a que Venezuela albergaba
bases guerrilleras colombianas en su territorio, ni una sola prueba rigurosa
ha sido presentada al respecto.
Para discernir si la iniciativa del presidente Uribe busca realmente
conseguir una condena de la CPI al Presidente Chávez, nada más y nada menos
que por "crímenes de lesa humanidad y de guerra", o simplemente es la ultima
"pataleta" política del presidente latinoamericano con la mayor carpeta
abierta en la Corte de La Haya, debemos examinar lo establecido en el
Estatuto de la CPI, íntegramente en vigor para Colombia y Venezuela.
La Corte Penal Internacional únicamente es competente para conocer denuncias
penales contra personas individualizadas - no contra Estados o gobiernos - y
con carácter complementario con las jurisdicciones penales de los países
donde hayan ocurrido los hechos.
Así se establece en el artículo 1 del Estatuto
de la CPI.:
"(…)La Corte (…) estará facultada para
ejercer su jurisdicción sobre personas respecto de los crímenes más
graves de trascendencia internacional de conformidad con el presente
Estatuto y tendrá carácter complementario de las jurisdicciones penales
nacionales.
Los "crímenes más graves de trascendencia
internacional" sobre los cuales tendría competencia la Corte, se indican en
el artículo 5 del Estatuto y son:
"(…) a) El crimen de genocidio; b) Los
crímenes de lesa humanidad; c) Los crímenes de guerra; (…)".
Conforme a lo anterior, la iniciativa del
Presidente Uribe, en caso de llegar a concretarse mediante la interposición
de una acción penal contra funcionarios venezolanos ante el Fiscal de la
Corte Penal Internacional conforme a lo establecido en los artículos 13:
"Ejercicio de la competencia La Corte podrá
ejercer su competencia respecto de cualquiera de los crímenes a que se
refiere el artículo 5 de conformidad con las disposiciones del presente
Estatuto si: a) Un Estado Parte remite al Fiscal, de conformidad con el
artículo 14, una situación en que parezca haberse cometido uno o varios
de esos crímenes; (…)"
...y 14 del estatuto:
" Remisión de una situación por un Estado
Parte 1. Todo Estado Parte podrá remitir al Fiscal una situación en que
parezca haberse cometido uno o varios crímenes de la competencia de la
Corte y pedir al Fiscal que investigue la situación a los fines de
determinar si se ha de acusar de la comisión de tales crímenes a una o
varias personas determinadas."
Necesariamente debería fundamentar
racionalmente, al menos indiciariamente, que funcionarios venezolanos
auxiliaron a las FARC de forma continuada y sistemática, que por ello
pudieron cometer un crimen de lesa humanidad, y que el asunto nunca ha sido
investigado por las autoridades venezolanas.
Esto último, en términos jurídicos, hace
referencia a la denominada "concurrencia de jurisdicciones" - entre la de la
C.P.I. y las nacionales del país donde hayan ocurrido los hechos - supuesto
en el que como establece el artículo 1º del estatuto, la jurisdicción de la
C.P.I.
"tendera carácter complementario de las
jurisdicciones penales nacionales"
El artículo 15 del Estatuto de Roma regula el
procedimiento que deberá seguir el Fiscal y la Sala de Cuestiones
Preliminares del Tribunal, una vez recibida la información remitida por el
Estado Parte, para iniciar una investigación respecto a los hechos
denunciados, siendo imprescindible que el Fiscal analice,
"la veracidad de la información recibida." (art
15.2)
A la vista de lo anterior, no cabe duda alguna
de que los Estados Parte en el Convenio de Roma de constitución de la C.P.I.
- como es Colombia - pueden remitir información - equivalente a una denuncia
- al Fiscal del Tribunal para que este y la Sala de Cuestiones Preliminares
del Tribunal estudien si la misma amerita el inicio de un procedimiento
judicial ante este Corte o en su caso el inicio de una investigación
preliminar, siempre y cuando dicha denuncia tuviera un mínimo de veracidad a
juicio del Fiscal de la C.P.I., lo que en el contexto que analizamos y a la
vista de las pruebas - escasas e inconcretas - aportadas por el gobierno
colombiano, no parece que sea el caso.
En todo caso, el procedimiento podría ser puesto en marcha por Colombia
mediante presentación de denuncia ante el Fiscal de la Corte Penal
Internacional, quien en virtud del artículo 18 del estatuto, si hubiera,
"determinado que existen fundamentos
razonables para comenzar una investigación, (…) lo notificará a todos
los Estados Partes y a aquellos Estados que, teniendo en cuenta la
información disponible, ejercerían normalmente la jurisdicción sobre los
crímenes de que se trate."
De forma que el estado notificado - en este
hipotético caso Venezuela - podrá informar a la Corte que está llevando
o ha llevado a cabo una investigación en relación con sus nacionales u
otras personas bajo su jurisdicción respecto de actos criminales que
puedan constituir crímenes contemplados en el artículo 5 y a los que se
refiera la información proporcionada en la notificación a los Estados."
"A petición de dicho Estado, el Fiscal se inhibirá de su competencia en
favor del Estado en relación con la investigación sobre las personas
antes mencionadas, a menos que la Sala de Cuestiones Preliminares
decida, a petición del Fiscal autorizar la investigación.
Es decir, antes de iniciarse cualquier
investigación o al menos simultáneamente al inicio, el Fiscal de la Corte
Penal debería dirigirse a Venezuela para comunicarle la interposición de
dicha denuncia y esperar una contestación de Venezuela, siendo posible que
la contestación de Venezuela sea precisamente la más evidente:
que todo lo relativo a la presencia de la
insurgencia colombiana en su territorio es algo que las autoridades y la
justicia de Venezuela investigan y persiguen desde, al menos, el inicio
del mandato del actual Presidente venezolano, en cuyo caso la Fiscalía
de la C.P.I. debería inhibirse a favor de la justicia venezolana.
En este supuesto analizado, parece evidente que
la denuncia con la que ha amenazado el todavía presidente Uribe, tendría
poco recorrido jurídico.
Entrando aunque sea brevemente en un somero
análisis jurídico sobre si los hechos imputados por Uribe a las autoridades
venezolanas - la actuación de la insurgencia colombiana en territorio
venezolano - podrían ser considerados crímenes de lesa humanidad (art 7 del
Estatuto):
"(...) se entenderá por "crimen de lesa
humanidad" cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como
parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil
y con conocimiento de dicho ataque:
-
Asesinato
-
Exterminio
-
Esclavitud
-
Deportación o traslado forzoso de
población
-
Encarcelación u otra privación grave
de la libertad física en violación de normas fundamentales de
derecho internacional
-
Tortura
-
Violación, esclavitud sexual,
prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o
cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable
-
Persecución de un grupo o
colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos,
raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género
definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente
reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho
internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el
presente párrafo o con cualquier crimen de la competencia de la
Corte
-
Desaparición forzada de personas
-
El crimen de apartheid
-
Otros actos inhumanos de carácter
similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o
atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental
o física",
...o crímenes de guerra (art. 8 del
Estatuto), es decir, violaciones de las Convenciones de Ginebra de 1949
y sus Protocolos Adicionales, lo primero que resulta destacable para
cualquier observador es que los hechos criminales incluidos en la
definición del tipo penal "crimen de lesa humanidad" antes indicado
presentan bastante coincidencia con las sistemáticas violaciones de los
derechos humanos que ocurren en Colombia de forma habitual, violaciones
imputadas mayoritariamente - por organismos internacionales,
observatorios y organismos de derechos humanos - a las autoridades
colombianas y sus agentes. Nunca ningún organismo internacional o de
derechos humanos mínimamente prestigioso ha relatado crímenes con
apariencia de lesa humanidad ocurridos en Venezuela.
Status del conflicto
colombiano a la luz del Derecho Internacional Humanitario
Para nadie es un secreto que en Colombia existe un conflicto armado que
encuadra en los parámetros legales establecidos en las Convenciones de
Ginebra de 1949 y respecto al cual las partes implicadas tienen la
obligación de reconocer y aplicar las previsiones legales contenidas en las
mencionadas 4 Convenciones de Ginebra así como en los II Protocolos
Adicionales de 1977.
Al respecto, establece el Protocolo II adicional
a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección
de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional:
"TITULO I: ÁMBITO DEL PRESENTE PROTOCOLO
ARTICULO I - Ámbito de aplicación material.
1. El presente Protocolo, que desarrolla y completa el artículo 3 común
a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, sin modificar sus
actuales condiciones de aplicación, se aplicará a todos los conflictos
armados que no estén cubiertos por el artículo I del Protocolo adicional
a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la
protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales
(Protocolo I ) y que se desarrollen en el territorio de una Alta Parte
Contratante entre sus fuerzas armadas y fuerzas armadas disidentes o
grupos armados organizados que, bajo la dirección de un mando
responsable, ejerzan sobre una parte de dicho territorio un control que
les permita realizar operaciones militares sostenidas y concertadas y
aplicar el presente Protocolo.
2. El presente Protocolo no se aplicará a las situaciones de tensiones
internas y de disturbios interiores, tales como los motines, los actos
esporádicos y aislados de violencia y otros actos análogos, que no son
conflictos armados.
Es una evidencia que dicho conflicto armado - que de una forma u otra ha
venido manifestándose de forma ininterrumpida en el país desde finales
del Siglo XIX hasta nuestros días, ya sea mediante la forma de guerras
civiles o de guerra del estado contra fuerzas irregulares - es de enorme
complejidad a la vista de los numerosos actores armados implicados -
diversas organizaciones armadas ilegales como las FARC y el ELN, fuerzas
del estado, ejércitos paramilitares diversos - existiendo en la
actualidad al menos dos bandos enfrentados - el estado colombiano, con
la evidente connivencia de los ejércitos ilegales paramilitares
correspondientes a organizaciones incluidas en la lista de
organizaciones terroristas de la Unión Europea, como es el caso de las
AUC y las AUCC - y organizaciones armadas insurgentes de carácter
ilegal, también incluidas en la lista de organizaciones terroristas de
la Unión Europea, como es el caso de las FARC y el ELN.
En lo referido al objeto del análisis que
nos ocupa - la posible comisión de delitos de lesa humanidad por
la insurgencia colombiana y la hipotética responsabilidad en los mismos
de autoridades venezolanas - es conveniente recordar que la aparición de
las FARC en el escenario colombiano se remonta a los años 60, cuando los
restos de las antiguas guerrillas liberales campesinas se organizan como
fuerzas de autodefensa para hacer frente a los escuadrones de la muerte,
"los pájaros", puestos en marcha por los terratenientes conservadores
para exterminar a los dirigentes sociales campesinos simpatizantes del
partido liberal.
Las FARC-EP inician sus actividades armadas, de manera ininterrumpida
desde el 27 de mayo de 1964, iniciada por 48 campesinos - 46 hombres y 2
mujeres - , en Marquetalia (Tolima), ante lo que consideraban una
agresión del estado y de los grandes propietarios latifundistas. Las
FARC-EP manifiestan en ese momento que,
"están ejerciendo los legítimos derechos
de rebelión y autodeterminación de los pueblos, luchan por la
construcción de una nueva Colombia, sin explotados ni explotadores,
en paz, con dignidad y soberanía y por los derechos fundamentales de
la mayoría de los colombianos."
En el posterior devenir histórico, las
FARC-EP se han desarrollado y expandido por toda Colombia,
consolidándose como una organización ilegal armada con más de 60
"frentes" que tiene presencia en toda la geografía nacional, por lo que
pareciera se dan las premisas previstas en el antes citado artículo I
del Protocolo II de 1977 para la aplicación al conflicto colombiano de
las previsiones previstas en las Convenciones de Ginebra de 1949.
Las fuerzas beligerantes en el conflicto colombiano - FARC incluidas -
sin duda han incurrido e incurren en numerosas violaciones del Derecho
Internacional Humanitario contenido en las 4 Convenciones de Ginebra,
provocando con ello numerosas víctimas entre la población civil.
Para los organismos de derechos humanos
colombianos más reputados, la responsabilidad de las violaciones graves
del D.I.H. ocurridas en Colombia en 2007 se reparten de la siguiente
forma, según el Informe "Noche y Niebla" del CINEP, organismo de
derechos humanos colombiano dependiente de la Compañía de Jesús:
del total de 1.670 violaciones del D.I.H.
reportadas en 2.007, 858 se imputan a organismos oficiales
dependientes del estado colombiano (fuerzas armadas y cuerpos
policiales), 5 a agentes extranjeros, 39 a combatientes sin
identificar, 580 a paramilitares, 8 al ELN, 176 a las FARC y 4 a
"guerrilla" sin especificar.
(Continuará)
La carpeta caratulada con el nombre de Álvaro
Uribe ya existe en la Fiscalía de la Corte Penal Internacional, y su grosor
es sustancialmente mayor que cualquiera otra relativa a América Latina.
Violación sistemática de los DDHH en Colombia verificada por organismos
internacionales y ONG's.
La situación de los derechos humanos en Colombia
es sumamente grave. Estos son vulnerados sistemáticamente por todas las
partes en conflicto a la vez que incumplen sistemáticamente el D.I.H., no
resultando un hecho objetivo ni verificable, por carente de sustento
probatorio alguno, la afirmación de las autoridades colombianas de que las
FARC o el ELN cometen sistemáticos crímenes de lesa humanidad o de guerra.
De los datos anteriores, se verifica que con mucho el mayor violador del
D.I.H. en Colombia es el propio estado, seguido de organizaciones
paramilitares de extrema derecha y seguido por las FARC y el ELN.
Desgraciadamente, todos los actores del
conflicto colombiano - empezando por el propio estado - vienen utilizando
métodos terroristas contrarios al derecho internacional humanitario y de los
derechos humanos, como lo sustentan los siguientes documentos de organismos
internacionales:
el Informe anual de Amnistía Internacional
2008, relata claros indicios de que los grupos paramilitares
tradicionales siguen operando en la actualidad en muchas partes de
Colombia con nombres nuevos, como los "Águilas Negras", manteniéndose
los informes que señalan la connivencia entre paramilitares y fuerzas de
seguridad.
El Departamento de Estado norteamericano, a
pesar de su apoyo incondicional al Presidente colombiano Álvaro Uribe al que
pretende exculpar de su responsabilidad, señala en la sección 1, apartado a)
de su informe anual fechado el 11 de marzo de 2008 las evidentes conexiones
entre los paramilitares y la fuerza pública, así como el mantenimiento de
elevados grados de impunidad.
El grado de esta vinculación entre los grupos paramilitares y el Estado
colombiano lo muestra el escándalo de la parapolítica, reflejado en el
Informe de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, de 28 de
febrero de 2008:
La Corte Suprema de Justicia inició
investigaciones por presuntos nexos con grupos paramilitares contra 45
Congresistas de 16 departamentos, de los cuales 18 están en prisión.
También se iniciaron investigaciones contra
cuatro ex Gobernadores y 18 ex Alcaldes.
En noviembre, la Procuraduría destituyó e
inhabilitó por 18 años al ex director del Departamento Administrativo de
Seguridad (DAS), por haber colaborado con grupos paramilitares y por
actos de corrupción.
Todas estas investigaciones han revelado el
alto grado de infiltración paramilitar en el Estado a través de alianzas
con políticos y con el sostén de algunas empresas privadas.
Informes de la OEA y
de la CIDH
Las consecuencias de este tipo de vínculos pudieron ser constatadas por la
Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia, de la Organización de los
Estados Americanos, en su octavo informe trimestral publicado en febrero de
2008, al identificar 22 nuevas estructuras compuestas por aproximadamente
3.000 integrantes.
En el periodo de 12 meses concluido en junio de
2007, al menos 230 homicidios de civiles se atribuyeron a los paramilitares,
ya fuera actuando por su cuenta o en connivencia con fuerzas de seguridad.
En el mismo informe de la OEA se destaca como la
impunidad sigue siendo la norma en la mayoría de los casos de abusos contra
los derechos humanos. Aunque se registraron algunos progresos en varios
casos emblemáticos, en otros muchos no hubo avance alguno en la
determinación de responsabilidades en la cadena de mando.
En el mismo sentido, según el informe 2007 de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos, pese a la desmovilización de las AUC persiste la violencia
derivada del conflicto armado.
La CIDH continúa recibiendo denuncias que
indican que grupos armados al margen de la ley (paramilitares y guerrilla) y
miembros de la fuerza pública continúan involucrados en la comisión de
crímenes, violaciones a los derechos humanos e infracciones al derecho
internacional humanitario contra la población civil que se traducen en
violaciones del derecho a la vida, la integridad personal y la libertad:
El "Observatorio de derechos humanos y del derecho internacional
humanitario" de la Vicepresidencia de la República (conforme a su
metodología) señala que los primeros nueve meses de 2007 se habrían
producido 13.023 homicidios.
Asimismo, indica que durante el mismo período se
habrían producido 21 casos de masacre con 98 víctimas.
Por su parte, el CINEP (siguiendo su propia
metodología de compilación y presentación de cifras) indica que en el primer
semestre de 2007 se habrían producido 243 ejecuciones extrajudiciales; 231
homicidios intencionales de personas protegidas y 31 desapariciones
forzadas.
La CIDH estima pertinente citar en su informe a
ambas fuentes a pesar de las amplias discrepancias metodológicas entre
ellas, a fin de dar cuenta del panorama presentado tanto por fuentes
oficiales como de la sociedad civil, como es su práctica consistente.
Igualmente, durante el 2007 la CIDH constató el alto número de ejecuciones
extrajudiciales atribuidas a miembros de la Fuerza Pública, tal y como ya
hemos relatado en este articulo, destacando ahora lo que nos interesa:
"los más de 2.500 casos constatados muestran
lo que se denomina en Derecho Internacional como ejecuciones
extralegales, arbitrarias o sumarias, acciones que, aunque se presentan
en diferentes modalidades, corresponden a patrones comunes de actuación
diseñados y realizados, al menos, por las autoridades civiles del
Ministerio de defensa y los funcionarios militares del Ejército Nacional
de Colombia, práctica que se ha mantenido en el tiempo y se ha producido
en un gran número de departamentos de Colombia".
Podemos concluir que aún en el improbable
supuesto de que Colombia llegue a interponer la denuncia anunciada por
Uribe Vélez y la Fiscalía de la Corte Penal Internacional llegara a
admitir la misma para sus estudio, difícilmente puede afirmarse que los
crímenes de lesa humanidad o de guerra perpetrados en el conflicto interno
colombiano son responsabilidad de las organizaciones insurgentes, y ello a
la vista de las innumerables pruebas - asumidas como propias por organismos
internacionales multilaterales y de derechos humanos - que ponen de
manifiesto que son las autoridades colombianas - en especial en el periodo
2002 al 2010 - las mayores responsables de estos crímenes.
No se pierda de vista en el análisis de la realidad colombiana la "hoja de
vida" arriba relatada del presidente Uribe y sus más que probables nexos con
las mafias del narcotráfico y el paramilitarismo.
Por menos, el ex-presidente peruano Alberto
Fujimori fue condenado por un tribunal de su país por delitos de lesa
humanidad.
La carpeta caratulada con el nombre de Álvaro
Uribe ya existe en la Fiscalía de la Corte Penal Internacional, y su grosor
es sustancialmente mayor que cualquiera otra relativa a América Latina.