A MODO DE INTRODUCCIÓN

PARA LA CUARTA EDICIÓN FRANCESA


«La sala de lo criminal del Tribunal de Casación ha anulado la sentencia anterior de la Audiencia de Lyon que había comenzado el 2 de noviembre de 1951, por injurias y difamación, al señor Rassinier, autor del libro La mentira de Ulises, al señor Paraz, autor del prefacio, y al editor de la obra a penas de prisión y multas, y a indemnizar por daños y perjuicios a la Federación nacional de deportados resistentes.
»El supremo Tribunal recusa en la sentencia:

1. »En el aspecto penal, el haber retenido los delitos de injuria y de difamación, cuando las críticas sobre los patriotas contenidas en el libro son ciertamente injustas y malévolas, pero tienen un carácter general y no se dirigen a ninguna persona determinada.

6. »En el aspecto civil, el haber declarado admisible la acción de la F.N.D.R., cuando este organismo no ha sido aludido directamente por el libro y ninguno de sus miembros ha sido atacado personalmente.»

(Información publicada en los periódicos el 24 de marzo de 1954.)


El Tribunal dice, en efecto, que «las críticas contenidas en este libro son injustas y malévolas hacia los patriotas», pero al ser siempre una crítica «injusta o malévola» respecto a alguien, el autor saca fá cilmente de ello un argumento.

Si sintiese alguna pena, ésta seria, en primer lugar, la de no haber conocido esta opinión lo bastante pronto como para hacerla figurar en la segunda y tercera ediciones.

P. R.

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