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¿Qué Es EUROPOL?
por Endika Zulueta
Extraído del libreto de INGOBERNABLES de "Sin Dios"

La nueva oficina policial europea, EUROPOL, entró oficialmente en funcionamiento el 1 de enero de 1999, pero en la práctica lleva ya unos años en activo.

 

Muy poca gente puede hablar del tema en profundidad, lo que no es extraño teniendo en cuenta que una de las características de esta nueva policía es la semi clandestinidad. Nos hablan del euro, del Banco Europeo e incluso del euro ejercito; sin embargo la entrada en vigor de la europolicía es uno de los secretos mejor guardados por los poderes ejecutivos de los países de la UE.

Tras la línea de cooperación establecidas por el Pacto de Trevi (1976) y los acuerdos de Schengen (1985 y 1990), se llega al Tratado de Maastrich (1992) que es el primero que hace referencia a la futura Europol, tras la propuesta realizada por el Canciller alemán Helmut Kohl.


España fue uno de los países que impulso Europol con mas entusiasmo y precisamente fue bajo la presidencia española cuando el 26 de Julio de 1995 la UE firmo el convenio que la regula, actuando de presidente del Consejo de la Unión Juan Alberto Belloch Julbe. Tras la ratificación por los 15 países de la UE, entro oficialmente en vigor en 1999.

Europol es un organismo con personalidad jurídica propia, cuya sede central se encuentra en La Haya (Holanda), donde los euro policías, teniendo como principal arma en sus manos el ratón de un ordenador, recogen, compilan, intercambian, gestionan y analizan todo tipo de información sobre los ciudadanos, comunican a los Estados miembros los datos que les afecten, les asesoran y les proporcionan datos estratégicos, teóricamente en lucha contra diferentes formas de delincuencia que cumplan dos requisitos:

  • Una estructura delictiva organizada.

  • Que dos o mas Estados miembros se vean afectados por la misma.

En La Haya se encuentran los llamados funcionarios de enlace que tras su análisis, transmiten información de los diferentes Estados a Europol y viceversa.

 

Europol cuenta actualmente con mas de 130 expertos policiales destacados en la capital holandesa por los gobiernos de los 15 países miembros. España dispone de, al menos, 5 funcionarios de enlace (tres del Cuerpo Nacional, una de la Guardia Civil y un Comisario experto en terrorismo).

 

Cada Estado miembro tiene una unidad nacional (los euro policías de cada Estado) encargados de ejecutar las funciones de Europol y servir de órgano de enlace entre ésta y los organismos públicos componentes de cada Estado, estando obligados a facilitarles "los datos nacionales pertinentes" para la ejecución de sus funciones, suministrando dicha información a la sede Central para su análisis y almacenamiento.

 

Europol-España se encuentra actualmente en el mastodóntico complejo policial del barrio de Hortaleza, donde trabajan al menos 7 inspectores bajo la dirección de un comisario.
 

 


Contenido de la información
¿De que personas recopila la información la Europol?

 

Los datos están referidos a las personas que sean "sospechosas", de acuerdo con cada derecho nacional, de haber cometido, o de haber participado en un delito, sin necesidad de haber sido condenadas por ello, y de las que se presuma que puedan cometer algún delito en el futuro.

¿Qué datos informatiza Europol?

 

Nombre, apellidos, alias, fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, sexo y "otras características útiles para la identificación", delitos, hechos imputados "o que puedan serlo", condenas y sospecha de pertenecer a una organización delictiva, así como cualquier "información complementaria".

Otras características útiles e información complementaria cabe todo. Jürgen Storbeck, comisario alemán y coordinador de Europol afirma que "la lucha anticriminal no es posible sin el análisis de las informaciones privadas", entre las que se incluye entre otras y de forma explícita la vida sexual de los policialmente sospechosos.

Paralelamente Europol ha creado lo que denomina FICHEROS DE TRABAJO, en los que almacena, modifica y utiliza datos referidos a las personas anteriormente mencionadas, a personas que sean consideradas "posibles testigos" en investigaciones, aunque ni siquiera haya una causa penal abierta, perjudicados, o respecto de las cuales "motivos para presumir que puedan ser perjudicadas" personas "intermediarias y acompañantes", así como personas "que puedan facilitar información" sobre delitos.

 

En fin, se pueden almacenar todo tipo de información sobre cualquier persona.

Aquí se va a apreciar como la tecnología está al servicio del poder. Quien controla los medios de producción controla el poder y actualmente, la información se ha convertido en un nuevo medio de producción. Quien tiene la información tiene el poder.

 

El ciudadano es atrapado por los diferentes sistemas informatizados de control dirigidos por unos órganos policiales paradójicamente incontrolados, con la consiguiente vulneración de derechos fundamentales.
 



Privilegios de la Europol
Europol y su personal gozara de inmunidad frente a los procesos judiciales por la responsabilidad que conlleve los perjuicios causados a las personas con respecto al tratamiento ilícito o incorrecto de datos.


Los bienes de Europol estarán exentos de registro, incautación, confiscación "y de cualquier otra forma de interferencia", sin importar el lugar en que se encuentren y quienquiera que los tenga en su poder.


Los bienes, los activos y los ingresos de Europol estarán exentos de cualquier impuesto directo e indirecto.


Europol podrá adquirir, tener y utilizar cualquier moneda, y podrá operar en cuentas de cualquier divisa "sin estar sometida a controles financieros, regulaciones, ni exigencias de notificación de ningún tipo".


Las comunicaciones de Europol "gozaran de los mismos privilegios e inmunidades que los correos y valijas diplomáticos".


Europol gozara para sus comunicaciones de un trato al menos tan favorable como el que los organismos conceden a cualquier organismo internacional o gobierno en materia de prioridades.


El personal de Europol, si no se ha sometido la cuestión al director,

"no podrá testimoniar, ni hacer declaraciones en procedimientos judiciales ni extrajudiciales acerca de hechos de los que haya tenido conocimiento en el desempeño de sus funciones o su actividad".

Todo ello, aun después del cese en sus funciones.

Como se ve, Europol tiene una clara vocación por la autonomía, por funcionar, en realidad, al margen de cualquier funcionamiento legal y formalizado, sin que jueces ni autoridades políticas (estatales o comunitarias) tengan control alguno sobre ella. Es en la practica una organización incontrolada e incontrolable.

 

Y, sin duda alguna, va a protagonizar lo que hasta ahora se ha denominado "guerra sucia" contra cualquier tipo de disidencia política, al contar con una normativa que ampara cualquier tipo de actividad ilícita que puedan realizar sus miembros.


Salvo el avance en el control social que va a suponer la utilización absoluta de la tecnología al servicio del Estado, la policía va a seguir actuando igual, salvo en un punto importantísimo: podemos ya hablar de la legalización de la guerra sucia.

 

La clandestinidad legalizada con la que van a actuar los europolicías implica que, por ejemplo, las actuaciones del CESID que hasta ahora eran al menos denunciables en instancias judiciales, no lo podrán ser en el momento en que entre en vigor el Convenio. Las actuaciones de un hipotético nuevo GAL serian inmunes, porque los europolicías estarán por encima de todo tipo de control.


¿Se avecina el Estado Europeo policial?.

 




EUROPOL = EUROGESTAPO
por Pablo Kundt
5 de junio del 2001
 


La Haine
A comienzos de julio de 1999 Europol asumía competencias para la persecución de las organizaciones revolucionarias, y su sección especial de represión política va a estar encabezada por un policía español (ver video abajo).

 

Esto pone de manifiesto el temor de los grandes monopolistas ante un rebrote de la lucha de resistencia de la clase obrera y otros sectores populares, y la necesidad que experimentan de extirparlo, antes incluso de que estalle con toda su fuerza.

 

 

 

 

 

 

La colaboración policial internacional no es nueva, sino que estaba institucionalizada ya en el siglo XIX para combatir al movimiento obrero, especialmente tras el aplastamiento de la Comuna de París en 1871.

 

Las relaciones entre policías de distintos países siempre se ha desenvuelto en el mayor de los sigilos, y nunca existió ningún tipo de Tratado Internacional que las regulara.

 

Pero es con la gran crisis en Europa de 1968 cuando los lazos de colaboración policial, hasta entonces informales, se refuerzan paralelamente a la consolidación de la Unión Europea. Paralelamente quiere decir, para ser exactos, que a pesar de toda la verborrea «europeísta», la colaboración policiaca europea no forma parte de la Unión, y ello porque así se ha acordado expresa y deliberadamente.

Las primeras vinculaciones policiales europeas se establecen en 1971 con la creación del Grupo Pompidou para la represión del tráfico de estupefacientes, seguido ese mismo año de la creación del Club de Berna. Mucho más conocido e importante fue el Grupo de Trevi, constituido en 1976 y directamente vinculado a la represión política, al que siguió en 1978 el Club de Viena.

Todas estas denominaciones dejan claro que se trata de grupos de trabajo de las diversas policías de carácter supranacional, informal y práctico, es decir, no regulados y, en consecuencia, no sometidos a ninguna norma legal.

 

La falta de regulación ya deja bien sentada su clandestinidad, por un lado, y su falta de control por el otro.

 

La colaboración policial europea tiene una definitiva vocación por la autonomía, por funcionar al margen de cualquier procedimiento legal y formalizado, sin que ni jueces ni parlamentarios tengan ninguna capacidad de fiscalización sobre ella, lo que pone de manifiesto la falacia del «Estado de Derecho» del que tanto alardean a través de los medios de comunicación.
 

 


De la Unidad Europea Antidroga a Maastricht
Aunque la demagogia «europeísta» gusta pavonearse de que Europol nace en Maastricht como un intento de reforzar aún más la unidad europea, en realidad su origen se remonta a la creación en el seno de Trevi del Grupo III, que comenzó a trabajar de manera coordinada el tema de drogas bajo el nombre de EDU (European Drugs Unity o Unidad Europea Antidroga).

Aunque el propósito inicial de la EDU consistía en el intercambio y análisis de información sobre el tráfico de drogas y el blanqueo de dinero, ya desde el principio se extendió más allá, hasta constituirse en el núcleo de Europol.

 

De hecho los objetivos son también los mismos, si bien puede hablarse de otras grandes líneas, como la lucha contrarrevolucionaria, que se irán incluyendo progresivamente entre los objetivos de Europol.

 

La Cumbre de Essen amplió las funciones de la EDU, y además de la lucha contra el tráfico de drogas, abarcó temas tan diversos como la lucha contra la inmigración clandestina, el tráfico ilícito de vehículos, la seguridad nuclear y el blanqueo de dinero.

Un salto importante se produjo, por iniciativa de Kohl, durante la cumbre del Consejo de Europa celebrada en Luxemburgo en junio de 1991.

 

Kohl propuso la creación de una «oficina central europea de policía criminal», propuesta aceptada con la única excepción de la representación inglesa, y luego el Consejo asumió el compromiso de crear Europol a más tardar el 31 de diciembre de 1993, con un desarrollo progresivo en sus tareas:

  • creación a principios de 1993 de una estación de enlace para el intercambio de información y experiencias

  • atribución de competencias para actuar en el seno de los Estados miembros

Al tiempo, la EDU se convirtió en AHWGE (Ad Hoc Working Group on Europol o Grupo de Trabajo Especializado en Europol), que fue el encargado de redactar el borrador de Convenio constitutivo de Europol que luego se aprobó.

El 2 de junio de 1992 se llega a un acuerdo entre los Ministros de Trevi estableciendo los parámetros de funcionamiento de Europol y determinando ya los aspectos más importantes (funciones, personal, protección de datos, financiación, etc.).

En las discusiones sobre la colaboración represiva en Europa se perfilaron desde un comienzo dos tendencias: la alemana y la británico-escandinava.

 

Esta última defendía la idea de no proceder más que a un intercambio horizontal de las informaciones, conservando los Estados sus propias normas, sus propios procedimientos y sus propios órganos. La tendencia alemana quería ir más lejos, deseaba hacer posible la colaboración policial operativa, creando una nueva estructura jerárquica a escala europea.

Finalmente se impuso la postura alemana y, de hecho, el primer director de Europol, Jurgen Storbeck, es alemán.

 

Esto prueba, una vez más, la existencia de una correlación desigual de fuerzas entre los Estados europeos. El predominio de Alemania es claro y su influencia se manifiesta en múltiples ámbitos (financieros, económicos, medioambientales, sociales y seguridad) y también, claro está, en las cuestiones de colaboración policial a escala europea.

El complemento de Europol lo constituyen los Pactos de Schengen, que están también al margen de las normas comunitarias, porque se gestaron fuera de sus instituciones, mediante una conferencia intergubernamental, y quedaron al margen de sus instancias de control, como por ejemplo, el Tribunal de Justicia de Luxemburgo.

Los Pactos de Schengen son dos.

  1. En 1985 se firmó un acuerdo, que cabe calificar de mero marco legal y de una declaración de intenciones.

  2. En 1990 se firmó un segundo Tratado, esta vez con fuerza de ley, muy extenso y prolijo, ya que alude tanto a instrumentos de cooperación policial como judicial.

La cooperación policial comprende tres grandes áreas:

  • la persecución en caliente más allá de las fronteras

  • las entregas vigiladas y, finalmente

  • la vigilancia transfronteriza, para la que se autoriza a la policía extranjera no sólo aportar armas, sino a hacer uso de ellas en caso de «legítima defensa»

Más importante es el SIS (Sistema Informático de Schengen) que constituye una estructura centralizada, no ya sólo bilateral, con sede en Estrasburgo.

 

Para darnos cuenta de las dimensiones baste dejar apuntado que España aportó 6.000 millones de pesetas en 1991, que sólo cubría el 12% de sus gastos de funcionamiento.

Este banco de datos tiene capacidad para almacenar cinco millones y medio de fichas policiales relativas tanto a personas como a vehículos y otros objetos. Entre sus informaciones tienen que computarse las personas sobre las que existan órdenes de detención preventiva a efectos de extradición, desaparecidas o susceptibles de protección especial, las que deban comparecer ante los Tribunales, así como los extranjeros "no admisibles".

Su modelo es el fichero APIS, banco de datos contrainsurgente de la BKA alemana (policía federal) que actualmente controla y vigila a 290.000 ciudadanos, 5.700 organizaciones y 87.000 incidentes. Los datos demuestran que sus objetivos van más allá de atajar cualquier forma de lucha política revolucionaria y que su finalidad es un control total y exhaustivo sobre la población, a la que se conceptúa indiscriminadamente como sospechosa o enemiga potencial.

Actualmente Europol y Schengen se benefician de disponer de dos estructuras superpuestas e intercambiables, de manera que lo que no pueda llevarse a cabo dentro de Europol, se puede ejecutar como Schengen, eludiendo los escasos controles del primero. Pero cabe sobre todo apuntar también que lo que no pueda ejecutarse como policía nacional, se ejecutará como Europol.

 

Los gobiernos utilizan el ámbito internacional para escapar de los controles internos.

Así, Mayor Oreja ha declarado que no hay que entrar en debates, sino,

«aprovechar los resquicios que nos ofrece la Unión Europea para saber combatir este crimen (se refiere a la lucha revolucionaria) que sin duda tiene una dimensión transnacional»

(Europa Press, 8 de julio de 1999).

De este modo burlan no sólo la discusión parlamentaria, sino la misma fiscalización judicial o el control presupuestario sobre el destino del dinero, esto es, todos los rasgos que caracterizan a un servicio secreto.

El Tratado de Maastricht se firmó el 7 de febrero de 1992 y entró en vigor el 1 de noviembre de 1993.

 

A los «europeístas» les gusta recrearse afirmando que está basado en tres pilares:

  • la normativa económica, reforzando el mercado único con la nueva moneda

  • política exterior y de seguridad común (PESC)

  • justicia y asuntos interiores (JAl).

Sin embargo, dentro del Tratado esos «tres pilares» no tienen el mismo alcance.

 

Mientras el primero supone la emisión de normas obligatorias, los otros dos comprenden únicamente recomendaciones sin alcance obligatorio. Dentro de los dos últimos pilares, los ministros pueden tomar decisiones, formular resoluciones y establecer convenciones, pero los acuerdos deben ser ratificados por los parlamentos respectivos.

Por tanto, Europol no es una institución de la Unión Europea, sino que está configurada por los acuerdos intergubernamentales y su futuro depende de las resoluciones que se adopten en los Consejos de Ministros de Justicia e Interior.

Por otro lado, los asuntos de justicia e interior se incluyen en el Título VI del Tratado de Maastricht, en un único artículo K.

 

Es en el apartado relativo a la política de asilo donde se prevé,

«un sistema de intercambios de información dentro de una Oficina Europea de Policía» para la «cooperación aduanera, y la prevención y la lucha contra el terrorismo, el tráfico ilícito de drogas y otras formas de delincuencia internacional».

Aquí se definen los tres focos de interés mantenidos a lo largo de la creación del espacio policial europeo:

  • la lucha revolucionaria

  • las drogas

  • los movimientos migratorios

Pero por mas que se adornen las formulaciones legales, su objetivo básico es bien claro: como expone el Convenio constitutivo, el «terrorismo», al que califica de delito internacional, es su objeto primordial de preocupación.
 

 


Organización y competencias de Europol
La estructura burocrática del «tercer pilar» (JAl) del Tratado de Maastricht se establece en tres escalas:

  • Consejo interministerial, máximo organismo decisorio, del que forman parte los Ministros de Justicia e Interior de todos los Estados miembros de la Unión Europea

  • Coreper (art. 151) o Comité de Representantes Permanentes de los Estados Miembros de la Unión Europea que se encarga de preparar los temas para el Consejo

  • Comité K4, que es el máximo organismo especializado en materia represiva.

El Comité K4 absorbe los tres grandes equipos de trabajo de Trevi (asilo, cooperación policial y asistencia jurídica) y se convierte en el verdadero puente entre la esfera política y la técnica, elevando sus conclusiones al Coreper.

 

La sede de Europol está en La Haya (Holanda) y su órgano más importante es el Consejo de Administración, compuesto por un representante de cada Estado miembro, que dispone de un voto. Tiene unas facultades muy amplias, llegando a participar en la extensión de los objetivos de Europol, en la redacción de acuerdos sobre protección del secreto e incluso en la modificación del propio Convenio constitutivo.

Este Consejo nombra por unanimidad al Director, que tiene una serie de competencias trascendentales, porque es la persona que, por su propia autoridad, puede inmunizar a los europolicías en cualquier proceso en el que se puedan ver envueltos, hasta el punto de que puede evitar que un europolicía se vea sentado en el banquillo o declare como testigo «cuando así lo exija la protección de intereses primordiales de Europol o de un Estado miembro».

Además, cada Estado miembro debe crear una unidad nacional, encargada de ejecutar las funciones de Europol y servir de órgano de enlace entre Europol y los organismos públicos competentes en materia de delincuencia de cada Estado. En España la sede de Europol está en el complejo policial de Moratalaz (Madrid).

Las funciones de los europolicías son las siguientes:

  • Suministrar, a iniciativa propia, información a Europol

  • Responder a solicitudes de información, suministros de datos o asesoramiento por parte de Europol

  • Mantener al día sus informaciones y datos

  • Transmitir datos a los organismos públicos competentes en materia de delincuencia en cada Estado.

Además, existen los funcionarios de enlace enviados por cada unidad nacional; su papel consiste en transmitir información de cada Estado a Europol, y a la inversa.

 

También están encargados de la cooperación con el personal de Europol mediante el análisis de la información que afecte a los Estados.

En 1998 España destacó a un comisario y tres inspectores de la Policía Nacional, así como a un comandante de la Guardia Civil a La Haya. Además, otros dos policías estaban destinados en la unidad antiterrorista, antes incluso de que ésta se constituyera. Esta unidad antiterrorista estaba compuesta inicialmente por ocho funcionarios policiales, aunque Alemania, Francia, Italia, España y Dinamarca prometieron refuerzos y en 1999 alcanzó los 110.

Europol tiene como fin mejorar la eficacia de la policía de los Estados miembros y la cooperación entre los mismos con vistas a la prevención de la lucha revolucionaria, es decir, impedir por todas las formas que las diversas luchas y movilizaciones semi-espontáneas se consoliden en formas de organización clandestina revolucionaria.

 

También tiene planteados otros objetivos represivos de dimensión internacional, en la medida que existan indicios concretos de:

  • una estructura delictiva organizada

  • que dos o más Estados miembros se vean afectados por estas formas de delincuencia

Inicialmente, Europol no tenía competencias en materia de represión política.

 

Sin embargo, el Convenio constitutivo preveía que en un plazo máximo de dos años la Europol se ocupara de la lucha contrarrevolucionaria, que es precisamente lo que se ha iniciado en julio del año pasado.

También hay referencias expresas a otras formas de represión, señalando específicamente las siguientes áreas:

  • Delitos contra la vida, la integridad física y la libertad

  • Delitos contra la propiedad, los bienes públicos y los delitos de fraude

  • El comercio ilegal y delitos contra el medio ambiente.

La competencia de Europol, en todo caso, se extiende siempre al blanqueo de dinero proveniente de esos delitos, así como a los demás delitos conexos con ellos.

El Convenio de Europol también regula pormenorizadamente el sistema informatizado de recogida de datos, que consta de los siguientes elementos: el sistema de información, los ficheros de trabajo y el sistema de índices. El sistema de información está destinado al intercambio mutuo de datos entre Europol y los Estados miembros y el suministro de Europol a los Estados del resultado de sus análisis.

 

Los datos son de dos tipos:

  • los relativos a los sospechosos de haber cometido un delito que sea competencia de Europol, sin necesidad expresa de que hayan sido condenados por ello

  • aquéllos sobre los cuales existan hechos graves que justifiquen la presunción de que cometerán delitos que sean competencia de Europol.

Los datos acumulables se refieren a los siguientes elementos:

  • Nombre, apellidos, alias y nombres utilizados; fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad, sexo y otras características útiles para su identificación, en particular rasgos físicos

  • Delitos, acciones de las que se le acusa, fecha y lugar de comisión; medios utilizados o que puedan serlo, sospecha de pertenencia a una organización delictiva, así como condenas.

En cuanto a los ficheros de trabajo, Europol puede almacenar, modificar y utilizar ficheros con datos referidos a:

  • las personas que sean consideradas posibles testigos en investigaciones sobre delitos en los que tiene competencia

  • las personas perjudicadas por los delitos o respecto de las cuales existan motivos para presumir que puedan ser perjudicadas por tales delitos

  • las personas intermediarias y acompañantes

  • las personas que puedan facilitar información.

Los ficheros se crean con fines de análisis, y para cada proyecto se crea un grupo de análisis en el que participan los europolicías designados por la dirección, los funcionarios de enlace y los expertos de los Estados miembros de donde proceda la información.

En cuanto al tratamiento de la información está reconocido que los datos personales pueden ser utilizados para fines distintos de los de Europol, o por autoridades distintas, cuando así lo autorice el Estado que los haya transmitido, ya que Europol puede transmitir datos personales almacenados a Estados y organismos ajenos.

Los datos contenidos en los ficheros se conservarán en Europol durante el tiempo necesario para que ésta pueda cumplir sus funciones.

 

A los tres años deberá verificarse la necesidad de prolongar su almacenamiento por la misma unidad que los introdujo, que podrá optar por conservar los datos hasta la siguiente verificación. En la práctica los datos pueden estar siempre en poder de Europol, pues pueden conservarse en periodos de tres en tres años de forma indefinida.

Cuando un Estado miembro suprima en sus ficheros nacionales datos transmitidos a Europol, debe informar de ello a Europol, que puede seguir conservándolos, debido a información que obre en su poder y que no posea el Estado miembro transmisor.
 

 


Las cloacas europeas
Los funcionarios de Europol tienen un estatuto especial de inviolabilidad establecida en un protocolo adicional al Convenio de creación.

 

La burocracia represiva europea tiene, por tanto, una clara vocación por la impunidad: es una organización incontrolada e incontrolable. Y, sin duda alguna, va a protagonizar lo que, hasta ahora se ha venido denominando «guerra sucia» contra cualquier tipo de disidencia política.

 

Ya podemos hablar, en consecuencia, de la legalización de la guerra sucia contra las organizaciones revolucionarias.

Esta inmunidad comprende los siguientes aspectos:

  1. Inmunidad frente a procesos judiciales e inmunidad frente a registros, incautaciones, requisas, confiscaciones y cualquier otra forma de interferencia. Los bienes de Europol también están exentos de registro, incautación, requisa, confiscación y de cualquier otra forma de interferencia, cualquiera que sea el lugar en que se encuentren y quienquiera que los tenga en su poder.
     

  2. Inviolabilidad de los archivos, cualquiera que sea el lugar en que se encuentren y quienquiera que los tenga en su poder.
     

  3. Exención de impuestos y gravámenes y ausencia de limitaciones para los activos financieros: los bienes, los activos y los ingresos de Europol están exentos de pagar impuestos. Europol puede adquirir, tener y utilizar cualquier moneda, y puede operar en cuentas de cualquier divisa, sin estar sometida a controles financieros, regulaciones, ni exigencias de notificación de ningún tipo, lo que implica una legalización plena de los fondos reservados a gran escala.
     

  4. Inmunidades relativas a las comunicaciones, que gozan de los mismos privilegios que los correos y valijas diplomáticos, teniendo derecho a utilizar códigos y expedir y recibir correspondencia por correo o valija sellada.
     

  5. Inmunidades de los miembros de Europol: el personal de Europol goza de inmunidad de cualquier tipo de proceso judicial por todo acto realizado en el ejercicio de sus funciones. El privilegio persiste aún cuando las personas interesadas hayan dejado de ser miembros de Europol. Gozan asimismo de un privilegio de inviolabilidad de todos sus escritos, documentos o cualquier material oficial. Por si no bastara, en el colmo de la prepotencia y del descaro, los miembros del personal de Europol están exentos del impuesto sobre la renta con respecto a sus sueldos, y estarán sujetos a un impuesto a beneficio de la propia Europol.

Es inútil buscar en el Tratado constitutivo de Europol una sola referencia al Convenio Europeo de Protección de los derechos y libertades fundamentales: han desaparecido de un plumazo.

Las discusiones sobre la colaboración policial europea y su contenido, tienen lugar entre funcionarios ministeriales. Ningún Parlamento (los nacionales y el mismo Parlamento Europeo) puede intervenir para nada en los asuntos de Europol y, aunque lo pudieran hacer, resultaría inútil porque las decisiones se adoptan en el secreto más grande, y los documentos son calificados como confidenciales.

 

Todo esto conlleva a que Europol trabaje en una esfera de oscurantismo, por lo que hay muchas dificultades para obtener informaciones o documentos.

Es llamativo también que los jueces tampoco aparezcan para nada. De hecho, los Ministros europeos de Justicia e Interior rechazan sistemáticamente declarar competente al tribunal de Justicia de Luxemburgo en los asuntos relativos a Europol.

Si a todo esto añadimos que las funciones de la nueva Eurogestapo anticipan la intervención policíaca, desde la puramente represiva hasta la prevención, introduciendo técnicas de espionaje militar, es evidente que Europol tiene toda la forma de un verdadero servicio secreto: pretenden saberlo todo y nadie puede informarse sobre ellos.

Desde el punto de vista que se aborde, la cuestión es clara: Europol es un instrumento típicamente fascista, demuestra que bajo la Europa de los monopolios no cabe ninguna forma de democracia; en todas sus facetas, la Europol no es más que una reedición de la Gestapo de Heinrich Himmler, el viejo sueño del Tercer Reich hecho realidad.




Una Libertad Bajo Vigilancia Electrónica

Nuestra libertad está bajo permanente y alta vigilancia electrónica.

 

Las tecnologías informáticas han permitido aumentar lo que los especialistas llaman nuestras "huellas" (trazabilidad).

Nuestras actividades, nuestras conversaciones, nuestras preferencias y nuestros centros de interés dejan huellas en múltiples sistemas informáticos que gerentan (o administran) nuestra vida cotidiana. Todos estos datos son recolectados, centralizados y memorizados por organizaciones públicas o privadas que pueden conocer en todo momento el "perfil" de cada individuo.

Bases de datos, archivos informáticos, teléfonos portátiles, Internet, relación entre tarjeta de crédito y código de barras, red Echelon, estos son los medios por los cuáles nuestra libertad es sometida a alta vigilancia...
 

 


Las bases de datos
Las bases de datos de las administraciones y de las sociedades privadas reúnen numerosos datos personales sobre millones de ciudadanos o consumidores.

 

Estos datos son inofensivos en tanto estén dispersos, repartidos en múltiples sistemas informáticos.

Pero utilizando técnicas familiares para los piratas informáticos, "organizaciones" logran y se dan los medios para acceder fácilmente a dichos sistemas, a fin de recolectar y centralizar todas estas informaciones.

Numerosas sociedades creadas estos últimos años (principalmente en Estados Unidos) están especializadas en la recolección de datos individuales, oficialmente para fines comerciales. Pero estos archivos o bases de datos privados empiezan a reunir millones de perfiles individuales, muy precisos, de los consumidores repartidos en el conjunto de los países occidentales.

 

Las informaciones de estos archivos o bases de datos son vendidas a cualquiera que desee comprarlos.

 


La tarjeta de crédito relacionada al código de barra
Los gastos efectuados mediante una tarjeta de crédito permiten retrazar nuestros desplazamientos, pero también de conocer muy precisamente los productos comprados por una persona.

Para optimizar la gestión de los stocks (almacenamientos) y la contabilidad, los sistemas informáticos de las tiendas memorizan de manera combinada los números de la tarjeta y códigos de barra de los productos comprados.

 

Si por ejemplo el producto es un libro, el código de barra permite saber QUE libro, y de esa forma recabar el perfil cultural o político del comprador..

La relación del código de barra y de un numero de tarjeta de crédito significa una relación automática de productos identificados con consumidores también identificados.
 



Los teléfonos portátiles
Todo el mundo sabe que con un receptor de tipo scanner (cuyo uso es ilegal, pero cuya venta está autorizada), es muy fácil para cualquiera realizar escuchas telefónicas de teléfonos portátiles.

Lo que se sabe menos, es que el teléfono portátil permite localizar en todo momento a su propietario, incluso fuera de comunicación, en posición de encendido.

Porque para recibir una llamada, es técnicamente indispensable que los sistemas del operador puedan localizar al abonado (usuario), para determinar la célula (electrónica) local que le transmitirá la llamada. Los teléfonos portátiles emiten entonces en permanencia una señal para indicar su presencia a las células más próximas.

El teléfono portátil es entonces un verdadero collar electrónico. Un collar voluntario, y pagado por quien lo porta.
 



La red Echelon
La red Echelon es un sistema automatizado de escucha de las comunicaciones, sea cual sea su soporte: teléfono, fax, e-Mail, satélites.

La Red Echelon fue puesta en funcionamiento hace 20 años y en el más grande secreto mantenido por 5 países anglo-sajones: Estados Unidos, el Reino Unido, Canadá, Australia y Nueva Zelanda. La red Echelon es principalmente controlada por la NSA, la agencia de información electrónica americana.

La genial idea de Echelon es utilizar las tecnologías de reconocimiento vocal para hallar automáticamente palabras-claves en las conversaciones bajo vigilancia. Las palabras-claves a hallar son seleccionadas por los oficiales de Echelon, en función a la coyuntura y objetivos del momento.

La técnica de escucha es automatizada, un gran número de comunicaciones en el mundo pueden ser grabadas y tratadas cada día. Sólo las comunicaciones conteniendo las palabras-claves son seleccionadas para un análisis humano.

Echelon puede así analizar 2 millones de conversaciones por minuto. Cada día, Echelon intercepta 4,3 mil millones de comunicaciones, es decir casi la mitad de los 10 mil millones de comunicaciones intercambiadas cotidianamente en el mundo..

La existencia de esta red fue revelada a los medios de comunicación social recién en 1998, con ocasión de un informe del Parlamento Europeo (rapport du Parlement Européen), el cual reprochaba a Echelon de violar,

"el carácter privado de las comunicaciones de no-americanos, así como a gobiernos, sociedades y ciudadanos europeos".
 

 

Internet
Nada hay más transparente que la red Internet.

 

Con los softwares adecuados, cualquiera puede indagar las informaciones consultadas por un internauta.
 

El usuario de Internet es además fácilmente identificable gracias a los datos personales almacenados por el navegador y el sistema. Los datos sobre nuestra identidad son "interrogables o verificables a distancia", así como el contenido del famoso archivo "magic cookie".

 

Este archivo guarda la huella de ciertos sitios Web visitados en el cual se graban informaciones a fin de identificar los usuarios y memorizar su perfil.
 



Microsoft e Intel
El premio del Big Brother (Gran Hermano) electrónico le toca de forma incuestionable a Microsoft, con sus sistema Windows y su navegador Internet Explorer, que guarda un número de identificación del usuario, el GUID (Globally Unique Identifier).

 

Este número de identificación es enseguida registrado y grabado en todos los documentos creados con las aplicaciones de Microsoft Office. Puede ser consultado a distancia por Internet por medio de comandos especiales previstos por Microsoft.

El sistema Windows e Internet Explorer integran otros comandos especiales que permiten sondear e indagar el contenido del disco duro del usuario, sin conocimiento de éste, durante sus conexiones a Internet. Microsoft ha reconocido la existencia de estos comandos especiales y del GUID.

Según un informe elaborado en 1999 por el Ministerio francés de Defensa, existiría una relación entre Microsoft y los servicios de informaciones americanos, y de sus miembros de la NSA los cuales trabajarían dentro de los equipos de Microsoft.

 

Este informe hablaba también de la presencia de programas espías ("back-doors") en los softwares de Microsoft.

Por su lado, Intel igualmente ha fijado, en los micro-chips Pentium III y Xeon, un numero de identificación consultable a distancia.

La solución para proteger nuestra vida privada y sus datos:

  • utilice un Macintosh (o el sistema GNU-Linux)

  • navegue por Internet con Netscape (FireFox) en vez de Internet Explorer


 

La futura billetera electrónica
El monedero o billetera electrónica, actualmente en fase de prueba, está llamado a reemplazar totalmente el dinero líquido. Bajo la forma de tarjeta con microchip, este monedero memorizará igualmente datos sobre nuestra identidad.

 

Además del hecho de ser un nuevo buzo electrónico de nuestros desplazamientos y nuestras compras, el monedero combinado con la desaparición del dinero líquido (papel y monedas) convertirá a los individuos en totalmente dependientes de los medios de pagos electrónicos.

A partir de ese momento, una futura dictadura mundial sólo tendría que "desconectar" de los sistemas informáticos a cualquier individuo molesto o incomodo, y éste no tendría la posibilidad de comprar para alimentarse o desplazarse.
 



El "sistema de vigilancia total"
Los atentados del 11 septiembre 2001 han sido el pretexto para una vasta operación de reducción de las libertades publicas.

 

En Noviembre 2002, un nuevo paso ha sido franqueado por George W. Bush, en nombre de la "seguridad interior". La administración Bush va a establecer un sistema de vigilancia bautizado "Total Information Awareness", el cual va a legalizar lo que se practica ilegalmente desde hace algunos años.

El sistema tendrá por función explorar todas las bases de datos del planeta para reunir todas las informaciones sobre la vida privada del conjunto de los ciudadanos americanos, y probablemente también de los ciudadanos de todos los países del mundo.

 

Nada de lo que hagamos y leamos será ignorado por este súper Big Brother:

  • correo electrónico

  • fax

  • comunicaciones telefónicas

  • cuentas bancarias

  • tratamientos médicos

  • compras de billetes de avión

  • suscripciones a periódicos o revistas

  • consultas en el Internet...

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IMPLANTES - Estados Unidos autoriza los implantes humanos

16.Octubre.2004
(RFI)


La Food and Drug Administration (FDA), que depende del gobierno americano, acaba de autorizar el implante de las pulgas electrónicas en humanos, con fines médicos. Esta pulga subcutánea dará acceso al historial médico del paciente.

Se trata de la pulga VeriChip fabricada por la sociedad americana Applied Digital Solutions.

Del tamaño de un grano de arroz, la pulga funciona como un emisor-receptor microscópico. Cuando se la activa, gracias a un escáner, emite un código de identificación. Basta entonces introducir este código en una base de datos para registrar las informaciones médicas de la persona en cuestión en una agenda personal (PDA), o en un ordenador.

Según sus inventores, la pulga permitirá particularmente a los equipos el acceso a informaciones médicas muy importantes (grupo sanguíneo, alergias, tratamientos en curso, vacunas), incluso si el paciente está inconsciente. Esta pulga también puede efectuar el "control médico" de varias funciones biológicas del cuerpo humano: ritmo cardíaco o tasa de glicemia.

 

Concretamente,

"la pulga se inserta bajo la piel del brazo por medio de una jeringuilla, sin anestesia, procedimiento que dura unos quince minutos y cuesta entre 150 y 200 dólares", ha indicado Applied Digital Solutions que propone proporcionar gratuitamente doscientos escáneres a los hospitales y servicios de urgencia de Estados Unidos para lanzar su producto.

La pulga implantada bajo la dermis del paciente también puede servir como espía electrónico. Acoplado a una red de satélite tipo GPS (Global Positioning System), VeriChip permite localizar al paciente en tiempo real. Applied Digital Solutions pone una vez más ante todo la justificación médica: se podrá así localizar con más facilidad a una persona que padezca la enfermedad de Alzheimer.

¿Quién podrá acceder a estas informaciones? ¿Cuándo y cómo?

 

Por el momento, estas informaciones sólo son accesibles al personal médico. Pero se puede imaginar la codicia que despierta entre las aseguradoras o demás intermediarios interesados en una explotación comercial.

Actualmente, la pulga VeriChip es ya utilizada para identificar a los animales domésticos y al ganado.

 

Pronto el "ganado humano" será también perfectamente "localizable", tras cualquier nuevo 11 de setiembre que permita justificarlo, en nombre de la "seguridad".

 

 

 

Datos Adicionales:

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